Dudas y consultas

¿Cuando empieza a correr el plazo en relación a las notificaciones telemáticas?

¿Cuando empieza a correr el plazo en relación a las notificaciones telemáticas?

de Gestor Icabizkaia -
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El plazo empieza a correr:

- Desde el momento en el que accedes a la notificación y se genera un justificante o acuse de recepción para el órgano emisor.

- Si no accedieras a la notificación, el plazo empieza pasados 3 dias habiles - tener en cuenta el art. 5 del Codigo Civil en lo relativo a los plazos en dias-  sin acceder a la misma, el plazo empieza a correr el cuarto día, es decir, si te notifican un Lunes, el plazo comienza a correr el Viernes.

"Art.162
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En cualquier caso, cuando constando la correcta remisión del acto de comunicación por dichos medios técnicos, salvo los practicados a través de los servicios de notificaciones organizados por los colegios de procuradores, transcurrieran tres días, sin que el destinatario acceda a su contenido, se entenderá que la comunicación ha sido efectuada legalmente desplegando plenamente sus efectos
..."